jueves, 31 de enero de 2013

La reforma monetaria de Diocleciano -2° parte

Las monedas introducidas en el 293 d.C. De izquierda a derecha: Nummus (follis), radiado post-reforma, laureado post-reforma y argenteus.

En la primera parte de esta serie vimos las medidas adoptadas por Diocleciano antes de la reforma completa del sistema monetario, es decir, su mejora en el estándar y calidad de las monedas de oro. En esta segunda parte, se analiza las nuevas denominaciones introducidas en el año 293 d.C.

La introducción del nuevo sistema en el 293 d.C.


En el año 293 d.C., con el nombramiento de Galerio y Constancio como césares, el sistema político de la tetrarquía quedaba definitivamente establecido y la velocidad de las reformas administrativas y fiscales comenzó a acelerarse. En este contexto, se emprendió una de las reformas monetarias más ambiciosas de la historia premoderna, que implicaba una ruptura radical con el sistema vigente. Desconocemos el momento exacto de su implementación, pero se llevó a cabo, sin duda, entre los años 293 y 294 d.C., prefiriendo los autores más recientes (como Keneth Harl o Richard Abdy) la fecha más temprana.

El objetivo general de la reforma era regresar a un sistema semejante al introducido durante el Alto Imperio por Nerón, es decir, una nostálgica vuelta a un pasado dorado.
Argenteus Diocleciano 297 - Antioquía RIC VI 37a

A los áureos reformados se sumó ahora una nueva moneda de plata acuñada con un peso de 1/96 de la libra romana (el número XCVI aparece en el reverso de algunas emisiones), es decir, unos 3,4 gramos, aunque la mayoría eran acuñados por debajo de su peso teórico. Era la primera pieza de plata pura en salir de las cecas romanas en un siglo y reproducía, de hecho, el estándar del denario de Nerón y también su ley del 95% de pureza. Parece que esta pieza era designada argenteus.

Nummus Diocleciano - Nicomedia -294 295 -RIC VI 27a

Las monedas de oro y plata fueron acompañadas por una serie de nuevas denominaciones de vellón. La más importante de todas era una pieza completamente original, acuñada a 1/30 de la libra romana, es decir unos 10,8 gramos y con un baño de plata que representaba entre un 5 y 4 % del peso total. Esta nueva pieza es normalmente designada como follis (por asimilación de la gran moneda de bronce introducida por la reforma monetaria del emperador bizantino Anastasio), pero probablemente era conocida simplemente como nummus, el término latino para moneda. El vocablo follis se refería, de hecho, en esta época a bolsas estándar de monedas, que contenían 125 piezas de plata y llevaban un sello certificando su contenido. Algo muy conveniente a la hora de intercambiar cifras elevadas.

Radiado post-reforma Diocleciano RIC VI 15a

El nummus sería producido en cantidades prodigiosas para convertirse en la columna vertebral del nuevo sistema. También se produjeron, aunque en mucho menor cantidad y calidad, dos piezas fraccionarias, que serían rápidamente discontinuadas: a) Una pequeña moneda acuñada a 1/100 de la libra romana (3,2 gramos) con busto radiado hecha de bronce pero con una delgada cobertura de plata del 1 al 1,25% de su peso, y b) una moneda de bronce con busto laureado acuñada en 1/200 de la libra romana (1,6 gramos). El valor de esta última pieza equivalía a un denarius communis (d.c.), la denominación tradicional del sistema romano que, por la inflación durante el siglo III, se había transformado en una moneda de cuenta sin un equivalente monetario concreto. El d.c. seguía siendo utilizado para expresar el valor de los bienes, como vemos claramente en el célebre edicto de precios máximos de Diocleciano, del que trataremos más adelante.

Es claro que todas las piezas del nuevo sistema monetario tenían tasas de cambio fijas estipuladas en d.c. (Sigo aquí a Kenneth Harl, Coinage in the Roman Economy, pág. 151)

Áureo = 600 d.c.
Quinario = 300 d.c.
Argenteus = 25 d.c.
Nummus = 5 d.c.
Radiado de vellón = 2 d.c.
Laureado de bronce = 1 d.c.

Que el nummus estaba tarifado en 5 d.c. es demostrado por piezas de Siscia y Alejandría que llevan la marca de valor XX y XXI, indicando que equivalían a 20 sestercios, es decir, 5 denarios. Algunos ejemplares de Antioquía llevan, además, las letras K y V indicando 20 sestercios y 5 denarios.

5 comentarios:

  1. Hola. Como siempre, interesantes tus aportes.

    La reforma monetaria de Diocleciano, en especial en lo concerniente al bronce, es harto discutida, y a la vez, apasionante.

    Con lo que a mí respecta, no coincido con la tarifación del nummus (follis) que da K. Harl.

    Creo que es más realista una ratio de 10:1 con respecto a los denarios comunes.

    En primer lugar, lo de las marcas XX y XXI, no me termina de cerrar, creo que más que nada tienen que ver con el contenido metálico de las piezas (20 partes de metal bajo y 1 de plata).

    Esto se confirmaría con el hecho de que, cuando las piezas van perdiendo contenido intenciona de plata, estas marcas desaparecen.

    Por otro lado, las mismas marcas, hasta donde sé, se utilizaban para el radiado, y allí no veo la razón de ser en cuanto a su relación con el valor, ya que era una equivalencia totalmente diferente.

    Justamente, estas marcas desaparecen de los radiados, cuando estos dejan de tener liga intencional d eplata, aunque sea muy baja, pero liga al fin.

    En fin, es mi opinión, y como siempre, me gusta hacer trabajar la cabeza.

    Saludos, y espero tu próxima entrada.

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  2. Hola Santiago, como siempre, gracias por tu comentario! Tu opinión es defendida por Damián Salgado, pero él va contra el consenso académico establecido que parte de un nummus introducido a una tarifa de 5 d.c., ya que ello además encaja con la interpretación habitual dada a las retarifaciones posteriores para que coincidan con lo anunciado en el edicto de Afrodisias del 301. Creo que la mayoría de las pruebas van en favor de la interpretación tradicional por lo que el onus probandi recae, a mi juicio, en los que quieran atacar esta tesis. Qué argumentos a favor presentarías tú?

    De nuevo, gracias por el comentario!

    Saludos!

    Darío

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  3. Darío, gracias por la respuesta.

    Como decís, es una teoría defendida por Salgado, cuyos argumentos, me parecen sólidos.

    Creo que no me supe expresar bien al respecto. Si bien coincido en lo expuesto por Damián Salgado al respecto, la discrepancia no va precisamente con relación a la valoración del nummus (follis), sino, contra los argumentos esgrimidos por Harl.

    En particular, lo que a mí me hace ruido de lo propuesto por este autor, es que se tome como unidad de cuenta al sestercio cuando la unidad de cuenta de referencia era el denario común (¿por qué expresar el valor en dicha moneda?)

    Allí es donde veo una fisura en su planteo. Simplemente, no me parece lógica tal situación.

    Por ejemplo, más adelante, en los territorios de Licinio (hacia 321 DC), existen piezas con marca de valor (doce y medio), que sin duda hacen referencia a "Denarios Comunes", como así los Edictos (i.e, el Edicto de Precios). No he encontrado referencias a sestercios.

    Suponiendo que aceptemos nuevamente la teoría clásica (valor del follis establecido en 5 denarios comunes), que podría ser viable y muchos así lo entienden, lo que no me convence puntualmente, es la explicación de Harl acerca de las marcas XX y XXI. Sinceramente, no le veo sustento, ya que como dije, dichas marcas estaban presentes también en los radiados, y no veo la necesidad de “contar” en sestercios.

    En todo caso, si aceptara la teoría de una ratio 5:1, lo haría en base a lo expuesto por Sutherland en Roman Imperial Coinage, Vol. VI, que me parece, a lo sumo, más coherente.


    Espero que ahora haya podido expresar mejor mi punto de vista.

    Saludos!!





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  4. Darío, Santiago,

    Coincido con Santiago en el punto de que no tiene mucha lógica la valuación en sestercios por: a) los radiados anteriores a la reforma llevan la misma marca y b) el sestercio como unidad de cuenta está atestiguado para épocas mas tempranas, desapareciendo hacia el siglo III a favor del denario.

    De lo que no estoy muy seguro es de la tallas del follis y el radiado reformado. Siendo que el sistema ponderal romano era duodecimal no me convence que sean 1/100 y 1/200 de libra. Creo que la talla del radiado debería calcularse mas justamente como 1/96 o quizás 1/108 de libra. En la misma línea de pensamiento creo que la supuesta talla del follis no se ajusta del todo bien al estimado de 1/30 de libra, fenómeno bastante interesante que se repite en la similar emisión de la Maiorina de Juliano II.

    Hace un tiempo en correspondencia privada con Damián estuvimos discutiendo el tema de la moneda tetrarquica y para mi sorpresa su punto de vista ha cambiado bastante desde que publicó su “Bajo Imperio”. A continuación les dejo un resumen de lo expresado por él sobre el tema:

    “Es casi seguro que, en la reforma de Diocleciano, el follis estaba tasado en 12 y medio denarios comunes, y el argénteo, en 50. Con la revaluación de 301 y la geminata potentia de las especies monetarias, el follis pasó a valer 25 denarios, y el argénteo 100 (centenional). También el valor del áureo teórico, ya que el edicto de precios fija el valor de la libra de oro en 72.000 denarios, por lo que los distintos áureos seguramente eran tarifados según el peso […] por lo que debió tener una tarifa oficial de 1200 denarios. […] De todas maneras, el oro no cumplía funciones propiamente monetarias en este período. Como el argénteo estaba ligado a la moneda de vellón, cuando ésta devaluó demasiado, el argénteo, a pesar de su fuerte valor fiduciario, con la devaluación del follis, aquél fue atesorado masivamente y finalmente ya no resultó rentable para el Estado producirlo, por lo que desaparece virtualmente como moneda real circulante bastante antes del año 305. […] Respecto del radiado post-reforma, su equivalencia con el follis se desconoce, siendo dos las teorías, dependiendo de la interpretación de la reforma de Aureliano; según Estiot, valía 2 denarios, según otros, 4. […] El radiado post-reforma es aparentemente citado en una de las versiones (inscripción de Aezani) del edicto de revaluación de 301 con el nombre de "bicharacta", y su valor habría sido 4 denarios, no 2, lo que ayuda a explicar su desaparición luego de 301.”

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    1. Hola! Gracias por los comentarios! Me produce un gran placer ver que mi entrada ha generado un debate tan interesante y erudito!

      En primer lugar, el hecho de que Damián haya abandonado su postura inicial de un nummus a 10 d.c. en el 293 me exime de tener que criticar esa postura. En el texto que del mail que citas, no entiendo para qué período propone la tarifa 12,5 d.c.

      Me sorprende, Santiago, tu argumento, cuando de hecho, el autor de la interpretación de las marcas de valor en los nummus de la tetrarquía como referencias a 20 sestercios es el mismo Sutherland!!, Te refiero a RIC VI, pág. 99, nota 2!!!

      El sestercio había existido como una moneda real hasta la década del 270 y siguió en uso como moneda de cuenta hasta bien entrado el reinado de Constantino, algo ampliamente atestiguado.

      A principios del reinado de Constantino encontramos, precisamente, algunos nummi que llevan la marca CI HS, es decir, 1 nummus es igual a 100 sestercios. Los refiero al ejemplar ilustrado en el oxford handbook of Greek and Roman Coinage, pag. 587. Creo que esto es concluyente.

      Saludos!

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